Existen dos tipos de poderes: el poder general, que se otorga por escritura pública, y el poder especial, que se otorga por documento privado.
Para vender o comprar un inmueble, se debe otorgar un poder especial que contenga la identificación del predio, incluyendo ciudad, dirección, zona o localidad, matrícula inmobiliaria y cédula catastral. Esto debe especificarse para cada ítem, como apartamento, garaje y depósito.
Nota: Este poder debe autenticarse biométricamente y subirse a la plataforma de repositorio VUR para la seguridad de los usuarios, según las instrucciones de la Superintendencia de Notariado y Registro.
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