Este trámite debe realizarse a través de un abogado, quien presentará y firmará la escritura correspondiente sin necesidad de la presencia de los cónyuges, siempre y cuando estos le hayan otorgado expresamente dicha facultad en los respectivos poderes.
Si no hay hijos menores, el acuerdo firmado por la pareja debe contener las siguientes especificaciones:
Si la pareja tiene hijos menores, el notario debe solicitar el concepto del defensor de familia sobre el acuerdo. En este caso, el acuerdo deberá contemplar lo siguiente:
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